Disposición adicional quinta. Creación de un órgano evaluador de la calidad del sistema universitario de la Región de Murcia.
Disposición adicional quinta de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-31.
Texto consolidado
Mediante Ley de la Asamblea Regional, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia podrá crear un órgano de evaluación de la calidad del sistema universitario de la Región de Murcia, conforme a lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
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