Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 3/2005, de 20 de abril, de protección del medio nocturno de las Illes Balears. · BOE-A-2005-8460
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-29.
Texto consolidado
De acuerdo con el principio de colaboración interadministrativa, se promoverán convenios de colaboración entre la administración del Gobierno de las Illes Balears, los consejos insulares y la administración local, y también, en su caso, con la administración General del Estado, en vista al impulso y la implantación de las medidas que regula esta ley.