Disposición adicional quinta. Competencias de la Diputación Provincial de Zaragoza.
Disposición adicional quinta de la Ley 26/2002, de 26 de noviembre, de Creación de la Comarca de Cinco Villas. · BOE-A-2002-24536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.
Texto consolidado
En relación con las competencias de la Diputación Provincial de Zaragoza, el Gobierno de Aragón impulsará la transferencia de las que fueren apropiadas que sean gestionadas por las comarcas, en el contexto y actividad de la Comisión Mixta que se cree al efecto. En particular, se procurará que la Comarca de Cinco Villas pueda asumir la gestión del Plan Provincial de Obras y Servicios en su ámbito y disfrutando de las dotaciones económicas adecuadas.