Disposición adicional quinta. Adaptación a las leyes básicas.
Disposición adicional quinta de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears. · BOE-A-2018-6405
Atención: Ley 2/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Todos los registros oficiales y procedimientos electrónicos de inscripción previstos en esta ley se llevarán a cabo de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
2. El ejercicio de la potestad sancionadora se llevará a cabo de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y, consecuentemente, se aplicarán las reducciones de las cuantías previstas en el artículo 85 de la Ley 39/2015.