Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 15/2006, de 17 de octubre, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20772
Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los fondos documentales gráficos y multimedia de los archivos de imagen y sonido de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera deberán desarrollarse específicamente en forma de reglamento por parte de los consejos insulares respectivos, dadas su naturaleza y diversidad en lo referente a los soportes materiales.