El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 3 redacciones

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2002-9969

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-05.

Texto consolidado

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, es un tributo concertado de normativa autónoma, y se exigirá en los mismos términos establecidos en el artículo 24 del presente Concierto Económico, con efectos para todos los ejercicios en que el referido Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas mantenga su vigencia.

Se suprime por el art. único y anexo de la Ley 7/2014, de 21 de abril. Ref. BOE-A-2014-4284.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-05.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-8455.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 12/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.