Disposición adicional quinta. Subvenciones y ayudas.
Disposición adicional quinta de la Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2023-9958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-15.
Texto consolidado
En aquellos casos en los que por su contenido se estime procedente, las subvenciones y ayudas que convoque la Comunidad Autónoma de Cantabria incorporarán entre los criterios para su concesión, la apreciación de la circunstancia de ser víctima del terrorismo. En cada caso se establecerá su ámbito subjetivo de aplicación.
Más artículos de Ley 1/2023
- ← Disposición adicional cuarta. Protección del derecho a la imagen personal y confidencial.
- → Disposición adicional sexta. Coordinación de actuaciones para la atención de las víctimas del terrorismo.
- Ver la norma completa: Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.