Disposición adicional quinta bis.
Disposición adicional quinta bis de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consejo Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la administración de la CAIB en relación con el Museo de Menorca y la Biblioteca Pública y el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad estatal. · BOE-A-2011-7339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-20.
Texto consolidado
Cuando la solicitud para cubrir puestos vacantes por falta de personal funcionario interino o personal laboral temporal no se pueda atender por carencia de bolsas vigentes de este personal, la vacante se tendrá que cubrir mediante las bolsas de personal funcionario interino o personal laboral temporal correspondientes a clases de personal funcionario o grupo profesional equivalente con la titulación adecuada del Consejo Insular de Menorca.
En este supuesto, la solicitud de cobertura irá acompañada del nombre de la persona propuesta y de una certificación del departamento de recursos humanos en que quede constancia que esta persona figura en la correspondiente bolsa de interinos del Consejo Insular de Menorca.#df-25
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