Disposición adicional quincuagésima sexta. Condonación de varios préstamos ligados a la posesión de una renta futura para realizar estudios de posgrado autorizados de acuerdo con las órdenes CIN/2940/2008, de 14 de octubre y EDU/3108/2009, de 17 de noviembre.
Disposición adicional quincuagésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. · BOE-A-2022-22128
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se autoriza la condonación de las cuantías no amortizadas de los préstamos que se indican a continuación, por concurrir los supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias extraordinarias previstas en el artículo 8.8 de la Orden CIN/2940/2008, de 14 de octubre, por la que se regulan los préstamos ligados a la posesión de una renta futura para realizar estudios de Máster Universitario, y en el artículo 8.8 de la Orden EDU/3108/2009, de 17 de noviembre, por la que se regulan los préstamos ligados a la posesión de una renta futura para realizar estudios de posgrado de Máster Universitario o de Doctorado.
Préstamos autorizados conforme a la Orden CIN/2940/2008, de 14 de octubre:
N.º de expediente
DNI del prestatario
Cantidad condonada
–
Euros
14510
43811548K
1.512,00
12336
28648358H
1.707,29
Préstamos autorizados conforme a la Orden EDU/3108/2009, de 17 de noviembre:
N.º de expediente
DNI del prestatario
Cantidad condonada
–
Euros
15102
09043238Y
5.573,48
17289
48923091K
1.377,60
19643
75106503A
2.217,60
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