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Ley Vigente

Disposición adicional quincuagésima novena. Asistencia sanitaria por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Disposición adicional quincuagésima novena de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. · BOE-A-2005-21525

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

La Seguridad Social procederá al pago de las prestaciones sanitarias, farmacéuticas y recuperadoras derivadas de contingencias profesionales por los afiliados con cobertura por dichas contingencias en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y en el Instituto Social de la Marina, a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas. A estos efectos se consignan en los Presupuestos de dichas entidades gestoras las dotaciones correspondientes por un importe total de 100 millones de euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

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