Disposición adicional primera. Autorización para adecuar la oferta.
Disposición adicional primera de la Resolución de 3 de octubre de 2017, del Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se fijan los precios públicos que han de regir en la distribución de productos, publicaciones y prestación de servicios de carácter geográfico. · BOE-A-2017-13790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-29.
Texto consolidado
Para facilitar la adecuación de la oferta de productos y servicios del CNIG a las peculiaridades y requerimientos específicos de la demanda de los usuarios, se autoriza al Director del CNIG a completar y sustituir la oferta de determinados productos o servicios especificados en el Anexo I por otros equivalentes o complementarios, sin alterar su precio.
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