Disposición adicional primera. Medios para el funcionamiento del Punto de Contacto Central.
Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados. · BOE-A-2018-17769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-28.
Texto consolidado
Para el adecuado desempeño de las nuevas funciones que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo asume como punto de contacto central conforme a lo dispuesto en el artículo 166 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, dicho departamento ministerial dispondrá de los medios personales y materiales necesarios para ello dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes.
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