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Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional primera. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro.

Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. · BOE-A-2011-20638

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-01.

Texto consolidado

Las instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la ampliación de la carencia concedida a dieciocho años, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-01.

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