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Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional primera. Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.

Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía. · BOE-A-2022-17040

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-20.

Texto consolidado

1. La Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P., es una Fundación del Sector Público de las previstas en el artículo 84.1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del Instituto para la Transición Justa, O.A., siendo su ámbito de actuación de carácter nacional.

Los fines de la Fundación de acuerdo con las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, son la promoción de una transición energética hacia la descarbonización, que genere desarrollo económico, social y empleo, teniendo en cuenta los principios de la economía verde y economía circular; el fortalecimiento del tejido empresarial y el apoyo al desarrollo de iniciativas empresariales y sociales orientadas a los fines señalados anteriormente; la conservación y restauración del patrimonio cultural e industrial en las zonas afectadas por la transición energética y la promoción de la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico en fuentes alternativas de energía para impulsar la transición energética en todos sus aspectos.

El desarrollo de los fines fundacionales se realizará a través de actividades en materia de energía, de recuperación del patrimonio industrial minero y fomento de actividades afines, de rehabilitación medioambiental de espacios afectados por actividades mineras, de desarrollo económico y social, de formación de recursos humanos y de cualesquiera otras que resulten necesarias para la consecución de los objetivos de transición energética y de implantación de las políticas de Transición Justa a nivel nacional.

2. La adaptación de los estatutos de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P., a lo previsto en el apartado anterior, se regirá por lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-20.

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