Disposición adicional primera. Convocatoria inicial del curso sobre la función inspectora.
Disposición adicional primera del Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2005-12178
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.
Texto consolidado
En un plazo no superior a tres meses desde la fecha de publicación de este real decreto, el Ministerio de Administraciones Públicas procederá a convocar la realización del primer curso sobre el desarrollo de la función inspectora que impartirá el Instituto Nacional de Administración Pública, al que hace referencia el primer inciso del artícu-lo 15.2.d), y destinado a aquellos funcionarios que actualmente ocupen puestos de inspectores de servicio en las distintas inspecciones generales.
Más artículos de Real Decreto 799/2005
- ← Artículo 15. Selección de los inspectores de servicio.
- → Disposición adicional segunda. Normativa específica de la Inspección de los Servicios del Ministerio de Economía y Ha…
- Ver la norma completa: Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales.