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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Constitución efectiva.

Disposición adicional primera del Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial. · BOE-A-2023-18911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-03.

Texto consolidado

1. La efectiva puesta en funcionamiento de la Agencia se producirá con la constitución del Consejo Rector en el plazo máximo de 3 meses desde la entrada en vigor de este real decreto. En la misma sesión constitutiva se nombrará a la persona titular de la Dirección de la Agencia, a propuesta de la persona titular de la Presidencia.

2. La Agencia asumirá todos los derechos y obligaciones derivados de competencias atribuidas en virtud del presente Real Decreto y, en concreto, en los contratos, convenios, encomiendas y encargos perfeccionados en el ámbito de competencias asignadas a la Agencia.

3. La persona titular de la Dirección de la Agencia realizará el primer inventario de los bienes que se le adscriben y de los que pudiera adquirir para el inicio de su actividad antes que transcurra un año desde su puesta en funcionamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-09-03.

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