Disposición adicional primera. No incremento de gasto público.
Disposición adicional primera del Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la gestión de la incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2026-2726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-26.
Texto consolidado
La gestión del seguimiento y control de los procesos de incapacidad temporal y las aplicaciones necesarias para su implementación previstas en esta norma no implicarán incremento de gasto público y será atendido con los medios materiales y personales de la Dirección General de la Guardia Civil. Las necesidades que se deriven de sus actuaciones serán atendidas con las consignaciones presupuestarias existentes.
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