Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera del Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de incompatibilidades del personal militar. · BOE-A-1986-7014
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-03-16.
Texto consolidado
Con la salvedad de lo dispuesto en el artículo 3.º de la Ley, las situaciones de incompatibilidad que se produzcan por aplicación de este Real Decreto se entienden con respecto de los derechos consolidados o en trámite de consolidación en materia de derechos pasivos o de pensiones de cualquier régimen de Seguridad Social, quedando condicionados, en su caso, a los niveles máximos de percepción o de actualización que puedan establecerse.