Disposición adicional primera. Ubicación.
Disposición adicional primera del Real Decreto 483/1999, de 18 de marzo, por el que se crean los centros docentes de formación de la Guardia Civil. · BOE-A-1999-7246
Atención: Real Decreto 483/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La ubicación de los centros docentes que se crean será:
a) La Academia de Oficiales de la Guardia Civil en la localidad de Aranjuez (Madrid).
b) La Academia de Guardias y de Suboficiales de la Guardia Civil en las localidades de Úbeda y Baeza (Jaén).