Disposición adicional primera. Valores de los costes de comercialización a incluir en el precio voluntario para el pequeño consumidor de aplicación en los años 2016, 2017 y 2018.
Disposición adicional primera del Real Decreto 469/2016, de 18 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación. · BOE-A-2016-11094
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-26.
Texto consolidado
Por orden del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se fijarán los valores de los siguientes componentes de los costes de comercialización para el período 2016, 2017 y 2018:
a) El término fijo de los costes de comercialización (CCF) y el componente de retribución unitaria (Runitaria) del término variable horario de los costes de comercialización (CCVh) a incluir en el cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor.
b) El valor de la retribución del coste de contribución al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (RFE).
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