Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
Disposición adicional primera del Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública. · BOE-A-2011-6872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-17.
Texto consolidado
1. Quedan suprimidos los siguientes órganos del INAP con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Secretaría General.
b) El Centro de Estudios Superiores de la Función Pública.
c) La Escuela de Selección y Formación.
d) El Centro de Estudios Locales y Territoriales.
2. Quedan suprimidas las siguientes unidades, con el nivel establecido en la relación de puestos de trabajo del Organismo:
a) El Centro de Nuevas Estrategias de Gobernanza Pública (GOBERNA).
b) El Centro de Cooperación Institucional.
c) El Centro de Publicaciones.
3. Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos y unidades suprimidos por este real decreto se entenderán realizadas a los que por esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias.