Disposición adicional primera. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos.
Disposición adicional primera del Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. · BOE-A-2024-7258
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-01.
Texto consolidado
A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos a las empresas conservadoras, se aceptarán los documentos procedentes de otro Estado miembro de los que se desprenda que se cumplen tales requisitos, en los términos previstos en el artículo 17 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Más artículos de Real Decreto 355/2024
- ← Artículo único. Aprobación de la Instrucción técnica complementaria ITC AEM 1 «Ascensores».
- → Disposición adicional segunda. Cobertura de seguro u otra garantía equivalente suscrito en otro Estado.
- Ver la norma completa: Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.