Disposición adicional primera. Ejercicio de competencias respecto de las entidades adscritas al Departamento.
Disposición adicional primera del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2024-3794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-29.
Texto consolidado
Las competencias respecto de las entidades que integran el sector público institucional estatal adscritas al Departamento se ejercerán sin perjuicio de las que puedan corresponder a otros departamentos, de acuerdo con la normativa vigente.
Más artículos de Real Decreto 208/2024
- ← Artículo 8. Secretaría General Técnica.
- → Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.