Disposición adicional primera. Información y educación sanitarias.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria. · BOE-A-1996-18085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-07.
Texto consolidado
Lo establecido en este Real Decreto no será obstáculo para las actuaciones de información o educación sanitarias realizadas, promovidas o autorizadas por las Administraciones públicas sanitarias, conforme a los artículos 6.2, 10.2, 18.1 y 30.1 de la Ley General de Sanidad, 84.5 de la Ley del Medicamento, y demás disposiciones concordantes.
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