Disposición adicional primera. Colaboración administrativa en materia estadística.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas. · BOE-A-2006-674
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-19.
Texto consolidado
Las comunidades autónomas remitirán periódicamente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y recibirán, en los términos y plazos que de mutuo acuerdo se establezcan, información sobre los títulos de familia numerosa que expidan o renueven, a fin de facilitar el seguimiento estadístico de los mismos en todo el territorio nacional.
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