El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Utilización de productos bajo autorización expresa.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica. · BOE-A-2012-13647

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-04.

Texto consolidado

Lo dispuesto en este real decreto no afecta a la utilización en el Sistema Nacional de Salud de los productos sanitarios a los que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios haya otorgado una autorización expresa e individualizada en interés de la protección de la salud, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación de productos sanitarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-11-04.

Más artículos de Real Decreto 1506/2012

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1506/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.