Disposición adicional primera. Remisión al régimen de dirección electrónica habilitada.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-2010-17575
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Las referencias efectuadas en el presente real decreto a la Orden PRE/878/2010, de 5 de abril, por la que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica habilitada previsto en el artículo 38.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, se entenderán realizadas asimismo a cualesquiera disposiciones por las que se regule dicho sistema de dirección electrónica habilitada
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