Disposición adicional primera. Funciones de cooperación.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1228/2005, de 13 de octubre, por el que se crea y regula la Comisión intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual. · BOE-A-2005-17765
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-29.
Texto consolidado
Las funciones de la Comisión intersectorial se llevarán a cabo sin perjuicio y con independencia de las funciones de cooperación entre las Administraciones General del Estado y las de las comunidades autónomas atribuidas a la Conferencia Sectorial de Cultura de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.