Disposición adicional primera. Derecho del mar.
Disposición adicional primera de la Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas. · BOE-A-2023-26741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-31.
Texto consolidado
La aplicación de las disposiciones de esta orden se llevará a cabo sin perjuicio de las libertades de navegación, sobrevuelo y tendido de cables submarinos, en los términos previstos en los convenios internacionales y en la normativa nacional de aplicación, especialmente, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Más artículos de Orden TED/1416/2023
- ← Artículo 10. Régimen de infracciones y sanciones.
- → Disposición adicional segunda. Actividades de defensa, seguridad pública y protección y preservación del patrimonio c…
- Ver la norma completa: Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas.