Disposición adicional primera. Entidades sin personalidad jurídica.
Disposición adicional primera de la Orden PCM/1384/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico de apoderamientos en el ámbito de la Administración General del Estado. · BOE-A-2021-20479
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-12.
Texto consolidado
Las previsiones que se contienen en esta orden sobre las personas jurídicas serán aplicables, a las entidades sin personalidad jurídica, que solo podrán actuar como poderdantes.