Disposición adicional primera. Tratamiento de la información.
Disposición adicional primera de la Orden PCI/1188/2018, de 15 de noviembre, para el establecimiento del sistema de inspecciones del cumplimiento de la normativa sobre protección marítima en el ámbito portuario. · BOE-A-2018-15614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-17.
Texto consolidado
Los organismos y entidades tanto públicas como privadas, deberán aplicar los procedimientos que se establezcan por el Comité Interministerial de Inspecciones de Protección Portuaria para mantener la confidencialidad de la información utilizada en las inspecciones contra accesos o divulgación no autorizada.
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