Disposición adicional primera. Gestión de los expedientes tramitados en los Registros Civiles mediante procedimientos informáticos.
Disposición adicional primera de la Orden JUS/1468/2007, de 17 de mayo, sobre impulso a la informatización de los registros civiles y digitalización de sus archivos. · BOE-A-2007-10702
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-30.
Texto consolidado
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, desarrollará las actuaciones jurídicas, administrativas y técnicas necesarias a fin de permitir, por medio del correspondiente aplicativo, la gestión íntegramente informatizada de los expedientes tramitados en los Registros Civiles, con arreglo a la legislación vigente, facilitando su integración con la aplicación informática INFOREG y garantizando su conectividad y plena compatibilidad con las bases y programas informáticos utilizados por la Dirección General de los Registros y del Notariado para la tramitación de los expedientes sobre nacionalidad de su competencia.
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