Disposición adicional primera. Responsabilidad de los ficheros.
Disposición adicional primera de la Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio del Interior. · BOE-A-2011-8382
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-14.
Texto consolidado
Los diferentes Centros Directivos del Ministerio del Interior, como Órganos responsables de sus ficheros, adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usen para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.