Disposición adicional primera. Adhesión al Registro.
Disposición adicional primera de la Orden HAP/1637/2012, de 5 de julio, por la que se regula el Registro Electrónico de Apoderamientos. · BOE-A-2012-9931
Atención: Orden HAP/1637/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El ámbito de aplicación previsto en el artículo 1 de esta Orden podrá extenderse a otras Administraciones Públicas, mediante la formalización de un convenio al efecto con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.