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Orden Derogada

Disposición adicional primera. Duplicidad de servicios.

Disposición adicional primera de la Orden HAP/1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal. · BOE-A-2015-6791

Atención: Orden HAP/1177/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando por razones de seguridad o de índole institucional, algún usuario o autoridad incluido en el ámbito de aplicación de los servicios de automovilismo que presta el Parque Móvil del Estado ya disponga de dicho servicio por habérselo asignado otro organismo o institución, el Parque Móvil del Estado no prestará o suspenderá el servicio que en otro caso le hubiese correspondido prestar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-20.

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