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Orden Vigente

Disposición adicional primera. Exención del módulo de formación en centros de trabajo o unidades.

Disposición adicional primera de la Orden DEF/1683/2002, de 27 de junio, por la que se establecen los títulos de Técnico Militar para los militares profesionales de tropa y marinería. · BOE-A-2002-13247

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-06.

Texto consolidado

La acreditación de un año de tiempo de servicio en la especialidad, eximirá de la realización del módulo de formación en centros de trabajo o unidades, que figure en el correspondiente plan de estudios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-06.

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