Disposición adicional primera. Uniformidad del personal retirado.
Disposición adicional primera de la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2025-2291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-02-27.
Texto consolidado
1. Los militares que hayan pasado a retiro podrán usar el uniforme en actos militares y actos sociales solemnes.
2. El personal retirado, que de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, haya sido adscrito a una unidad de las Fuerzas Armadas, podrá vestir el uniforme representativo de su Ejército de pertenencia o el de la unidad de adscripción, siempre que previamente hubiera estado destinado, en servicio activo, en una unidad similar dotada con la misma uniformidad. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe y usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes, de conformidad con las normas aprobadas en esta orden ministerial.
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