Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 8/1987, de 21 de abril, de creación de la Universidad Pública de Navarra. · BOE-A-1987-13786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-28.
Texto consolidado
En el plazo de cuatro años, a partir el comienzo de las actividades académicas, el Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento el proyecto de Ley Foral del Consejo Social de la Universidad Publica de Navarra.