Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo, de Protección de los Animales. · BOE-A-1994-19808
Atención: Ley Foral 7/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno de Navarra podrá, mediante Decreto Foral, proceder a la actualización de las sanciones previstas en esta Ley Foral, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.