Disposición adicional primera. Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 21/2020, de 29 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias y de modificación del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. · BOE-A-2021-1355
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Durante el periodo impositivo 2021, a efectos del cómputo de la superficie útil para venta y exposición de productos a que se refiere la letra a) del apartado Siete del artículo undécimo de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre, no se computará la superficie ocupada por empresas de ocio, hostelería y espectáculos.
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