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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Bancos Públicos de Agua.

Disposición adicional primera de la Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-11946

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-07.

Texto consolidado

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.1.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Consejería colaborará con las Administraciones públicas competentes en materia de agua, para que se priorice a las explotaciones familiares agrarias en la gestión de los Bancos Públicos de Agua que se puedan crear en las diferentes cuencas hidrográficas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-07.

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