Disposición adicional primera. Evaluación de la implantación.
Disposición adicional primera de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias. · BOE-A-2018-13193
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-08.
Texto consolidado
Cada dos años desde la aprobación de esta ley, el área que tenga atribuidas las competencias en materia de familia tiene que evaluar su implantación efectiva en cada uno de los ámbitos de aplicación. El informe resultante tiene que elevarse al Consejo de Gobierno y, posteriormente, al Parlamento de las Illes Balears.