Disposición adicional primera. Dotación presupuestaria.
Disposición adicional primera de la Ley 8/2017, de 15 de junio, de la comunidad catalana en el exterior. · BOE-A-2017-7817
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-21.
Texto consolidado
1. El Gobierno habilita anualmente una partida específica en los presupuestos de la Generalidad destinada a cumplir los objetivos de la presente ley.
2. La adopción de las medidas establecidas por la presente ley queda sujeta a las disponibilidades presupuestarias.