Disposición adicional primera. Reconocimiento oficial de modalidades y especialidades deportivas.
Disposición adicional primera de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.
Texto consolidado
A los efectos de la presente ley, se reconocen oficialmente las modalidades deportivas de las federaciones deportivas de la Región de Murcia inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia a su entrada en vigor.