Disposición adicional primera. Centros docentes privados.
Disposición adicional primera de la Ley 8/2012, de 13 de diciembre, de autoridad del profesorado en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2013-1422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-20.
Texto consolidado
Los centros privados tendrán autonomía para establecer sus normas de organización y funcionamiento y sus normas de convivencia y disciplina en el marco de la normativa vigente.