Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. · BOE-A-1987-10624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
La Corporación Aragonesa de Radio y Televisión podrá federarse con otras Entidades de radio y televisión mediante convenios de colaboración en orden a la coordinación, cooperación y ayuda en el cumplimiento y desarrollo de sus atribuciones.
Se numera por el art. 26.1 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424