Disposición adicional primera. Personal laboral del Hospital del Oriente de Asturias.
Disposición adicional primera de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. · BOE-A-2019-7841
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.
Texto consolidado
La entrada en vigor de la presente ley no afectará a los derechos laborales activos y pasivos del personal laboral integrado al amparo de la Ley del Principado de Asturias 2/2010, de 12 de marzo, de integración del «Hospital del Oriente de Asturias Francisco Grande Covián» y de su personal en el Sespa en régimen de gestión directa.