Disposición adicional primera. Adaptación de requisitos higiénicos a pequeñas empresas.
Disposición adicional primera de la Ley 7/2017, de 28 de junio, de Venta Local de Productos Agroalimentarios en Aragón. · BOE-A-2017-10294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-02.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón podrá hacer extensibles las adaptaciones en materia de higiene de los alimentos previstas en el artículo 8 a las pequeñas empresas cuyas condiciones y volumen de producción de productos transformados sean equivalentes a las fijadas para la venta local que regula esta ley.