Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 7/1982, de 30 de junio, de Salud Escolar. · BOE-A-2012-5536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-09-02.
Texto consolidado
La presente Ley y las disposiciones complementarias que la desarrollen se adecuarán a lo que en el ámbito de la salud escolar prevean la Ley de Relaciones entre las Instituciones de la Comunidad Autónoma y los Territorios Históricos, y la Ley del Servicio Vasco de Salud.