Disposición adicional primera. Subrogación del Organismo Autónomo Consejo de la Juventud del Principado de Asturias.
Disposición adicional primera de la Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil. · BOE-A-2019-7840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-01.
Texto consolidado
A partir de la entrada en vigor de esta ley, el Organismo Autónomo Consejo de la Juventud del Principado de Asturias queda subrogado en todas las relaciones jurídicas del Consejo de la Juventud que, creado en virtud de la Ley del Principado de Asturias 1/1986, de 31 de marzo, del Consejo de la Juventud, queda ahora extinguido.